Registro de mediadores/as de Aragón

Aragon

En esta sección te facilitaremos toda la información que necesitas para registrarte como profesional de la mediación en esta Comunidad Autónoma. Así mismo, podrás consultar la formación que precisas para cumplir requisitos y que nuestra Escuela pone a tu disposición.

Formación Académica

  • Estar en posesión de un título oficial, título de licenciatura, diplomatura, grado, o de ciclo formativo de grado superior.

Formación específica

Formación de 100 horas en mediación. De ella, un 35% debe ser práctica. Nuestro curso de experto te servirá a tal efecto.

Formación continua

  • Deberás acreditar 20 horas de formación cada 5 años.

La Escuela Internacional de Mediación también dispone de formación continua. Podrás elegir hasta 17 especialidades. Accede haciendo click aquí.

Solicitud

Solicitudes de inscripción

Aragón no dispone de un registro de profesionales de la mediación propio. Se rige por el Registro de Mediadores e Instituciones de Mediación del Ministerio de Justicia de España. Para realizar el trámite, deberás acceder al:

Para cumplimentar la solicitud será necesario que poseas un certificado digital.

Documentación requerida

Se le requerirá, en primera estancia, disponer de un certificado digital para acceder al trámite. También será necesario contar con un seguro de responsabilidad civil. Una vez haya accedido, en el formulario se le solicitarán:

  • Datos personales: tales como dirección, provincia o teléfono móvil.
  • Datos profesionales: entre los que tendrá que especificar el área de trabajo, especialidad y experiencia profesional así como si está inscrito/a, o no, en otros registros.
  • Datos de titulación: en este caso, solo será necesario que acepte una casilla en la que se indica: «Consentimiento para comprobación automática de la titulación».

Procedimiento a seguir en la inscripción

El procedimiento a seguir consta de dos pasos:

  1. Acceder a la solicitud: ‘Inscripción de mediador, persona física (sección primera del registro)’ del Registro de Mediadores e Instituciones de Mediación del Ministerio de Justicia, disponiendo de un certificado digital.
  2. Cumplimentar el documento con los datos que se solicitan (podrá ver cuáles son en el ‘Documentación Requerida‘). Pulsará en un botón que le indicará continuar, se le mostrará un resumen con todos los datos, y al pulsar de nuevo en continuar, ya habrá mandado su solicitud para ingresar en el Registro.

Registro Público de Mediadores de Emprendimiento de Aragón

Dirigido a:

Personas físicas o jurídicas especializadas en trabajo autónomo y apoyo a las personas emprendedoras, dadas de alta en una actividad económica que les habiliten en alguna de las especialidades propias del emprendimiento.

Requisitos:

  • Estar realizando una actividad profesional que le habilite en alguna de las especialidades propias del emprendimiento, tales como las relativas al ejercicio del Derecho, de la Economía y las Finanzas, de la Gestión Pública y de la Administración.
  • Estar en posesión de un título oficial universitario de grado o licenciatura, en ámbitos propios del conocimiento sobre el emprendimiento, en particular en las áreas de Empresas, de Derecho, de Economía y Finanzas, de Gestión Pública y de la Administración, o de un título oficial de formación profesional de Ciclo Formativo de Grado Superior de Administración y Finanzas, entre otros. Excepcionalmente, podrán acreditarse como mediadores de emprendimiento aquellas personas que, no cumpliendo el requisito de este artículo de disponer de titulación oficial, sin embargo, acrediten una trayectoria empresarial con una experiencia mínima de diez años en los últimos veinte en el ámbito del emprendimiento, en al menos veinte proyectos emprendedores distintos.
  • Disponer de experiencia acreditada en emprendimiento por un total de al menos cinco años durante los últimos diez, puesta en práctica en al menos diez proyectos emprendedores distintos. En todos los casos, la experiencia será ejercida como profesionales en funciones de asesoramiento, dirección, gestión o creación de proyectos emprendedores, por cuenta propia o ajena, en los ámbitos que pueda ser oportuna la mediación para la persona emprendedora.
  • Haber cursado formación específica en materia de mediación de emprendimiento, de al menos 100 horas de docencia cuyo contenido debe incluir, al menos, lo relativo al marco jurídico del emprendimiento; los procesos y trámites administrativos para la creación de empresas; las materias económicas, técnicas y financieras propias del desarrollo de un proyecto empresarial; así como los aspectos psicológicos, de ética de la mediación, de procesos y de técnicas de comunicación y negociación. Así mismo, el mediador de emprendimiento deberá realizar una o varias actividades de formación continua en materia de mediación de emprendimiento, al menos cada cinco años y por un mínimo de duración de 20 horas.
  • Suscribir un seguro de responsabilidad civil que cubra la actividad profesional derivada de su actuación en las actuaciones en que intervenga.

Para más información consulte la web oficial del Gobierno de Aragón.